domingo, 20 de abril de 2014

Notificación sobre la Secta Moon y sus colaboradores

NOTIFICACIÓN DE LA SECRETARIA DE ESTADO
SANTA SEDE EN EL EXILIO
SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA SECTA MOON
Y SUS COLABORADORES



La obligación de predicar la verdad y advertir el error ha llevado al Santo Padre Alejandro IX a advertir en reiteradas oportunidades sobre los peligros de la Secta Moon. Recientemente hemos visto como la secta Moon se ha conseguido infiltrar en grupos cismáticos que mantienen la sucesión apostólica y que reiteradamente han pedido intercomunión o reconocimiento de la Santa Sede en el Exilio.
El Santo Padre, Alejandro IX, ha solicitado entonces a la Secretaría de Estado que emita un comunicado oficial a fin de aclarar la posición de la Iglesia Católica Apostólica Remanente, tanto sobre ese grupo como el de todos aquellos que colaboran con él.
La Santa Iglesia Católica Apostólica Remanente es la única Iglesia Verdadera y no reconoce ni acepta colaboración alguna con grupos que adoran falsos dioses como es el caso de la Secta Moon. Rechaza la Santa Iglesia cualquier colaboración o ayuda financiera de estos grupos y prohíbe expresa y absolutamente a todos sus fieles, sean del estado que sean, a contribuir o colaborar con la secta Moon y todos sus secuaces.
Se recuerda además que cualquier filiación con este grupo o cualquier otro relacionado con el será penado con la excomunión reservada al Sumo Pontífice.

Dado en Villa María,
a los 19 días del mes de abril del año MMXIV de la Gracia.

Cardenal Emilio Javier de la Compasión

martes, 25 de marzo de 2014

Canonización del Papa León XIV

DECRETO POR EL CUAL SU SANTIDAD
EL PAPA ALEJANDRO IX
ELEVA A LA GLORIA DE LOS ALTARES

AL SANTO PADRE LEÓN XIV
SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS





Es el sentir común de la Iglesia Católica Remanente, desde el momento mismo en el que se hizo pública la noticia de que Su Santidad León XIV, de feliz memoria, había volado a los brazos del Padre, que el mismo recibiera en la Iglesia el culto debido a los Santos.
Es por ello que Nos, Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios, para y por exaltación de la fe católica y crecimiento de la vida cristiana, con la autoridad que hemos recibido, invocando a  los Santos Apóstoles Pedro y Pablo y la Nuestra, después de haber reflexionado largamente, invocando muchas veces la ayuda divina y oído el parecer de la Curia, Nuestros Hermanos en el Episcopado, los sacerdotes y todos los fieles católicos, declaramos y definimos que el PAPA LEÓN XIV DE FELIZ MEMORIA, sea elevado a la gloria de los altares, y lo inscribimos en el Catálogo de los Santos, y establecemos que en toda la Iglesia sea devotamente honrado entre los Santos.

Todo esto lo mandamos, decretamos y establecemos por Nuestra Santísima Autoridad.

ALEJANDRO IX PP
Dado en Villa María el 24 de marzo del año 2014.

VI de Nuestro Pontificado.

martes, 18 de marzo de 2014

El Papa regresa a Villa María

Informamos por este medio que el día 20 de marzo del corriente año 2014, el Santo Padre Alejandro IX arribará de su Visita Apostólica a Europa.
El Santo Padre hará un anuncio muy importante durante la Misa Pontifical del domingo 23, que se celebrará como es costumbre en la Catedral Mayor de Villa María, Santa Sede Apostólica en el Exilio.

lunes, 10 de marzo de 2014

Despedida del Santo Padre de Francia

En el día de hoy, el Papa Alejandro IX se despidió de la iglesia católica francesa.
Congregados más de 200 fieles llegados de todas partes de aquel, en otro tiempo, cristiano país, recibieron la bendición apostólica en el Seminario de Clémery, junto con los 15 nuevos sacerdotes ordenados por el Sumo Pontífice.
El Papa exhortó a los franceses a permanecer unidos en la Iglesia y ser firmes en la fe:

¡En cuantos, carísimos hermanos se enfrió aquel amor primero! Pero vosotros habéis resistido hasta hoy y seguiréis resistiendo, firmes y fuertes en la fe verdadera. Pero para ello debéis estar atados, sujetos a la Verdadera Iglesia Católica que es la Iglesia Católica Apostólica Remanente y a la autoridad de este servidor humilde e indigno, que por la Gracia de Dios, fue elevado al cargo de Vicario de Cristo.
...Todos ustedes tienen la oportunidad de restaurar la fe en sus trabajos, en sus escuelas, en todos los rincones de Francia. Es vuestro compromiso, es vuestra obligación...
...¡Qué privilegio, carísimos hermanos! En Francia es donde Dios quiso poner su principal seminario para formar a los verdaderos y únicos sacerdotes católicos que hoy quedan en el mundo. ¿Cómo es que no agradecéis este don precioso? ¿Cómo es que habéis dejado pasar semejante gracia? Yo os he preguntado en más de una ocasión ¿habéis sostenido al seminario? ¿habéis contribuído con la formación sacerdotal? Veo a muchos de ustedes con las mejores galas, aquí, para despedirnos, pero ¿Y si hubierais entregado ese dinero a esta hermosa casa de formación? Quizás dos sacerdotes más estarían hoy aquí...
Estos sacerdotes recientemente ordenados, están prestos para luchar y combatir. Vosotros debéis escucharles, debéis obedecerles, debéis asistirles. Ellos deben transmitir la doctrina fielmente y así, con firmeza y con fuerza, el catolicismo volverá a reinar en toda Francia y en todo el mundo.

Canonización de Tomás de Kempis

DECRETO DE CANONIZACIÓN




En honor a la Santísima Trinidad, para exaltación de la fe católica y crecimiento de la vida cristiana, con la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo y la Nuestra, después de haber reflexionado largamente, invocando muchas veces la ayuda divina y oído el parecer de Nuestros Hermanos en el Episcopado, declaramos y definimos que el farile Tomás de Kempis OSA, místico sea elevado a la gloria de los altares, y lo inscribimos en el Catálogo de los Santos, y establecemos que en toda la Iglesia sea devotamente honrado entre los Santos, siendo su festividad el 9de marzo.

Todo esto lo mandamos, decretamos y establecemos por Nuestra Santísima Autoridad.
En el nombre del Padre y del Hijo Y del Espíritu Santo. Amén.

ALEJANDRO IX PP
Dado en Clémery, Francia el 10 de marzo del año 2014.
V de Nuestro Pontificado.

sábado, 22 de febrero de 2014

III Procesión a Lourdes

El día 20 de febrero, el Santo Padre Alejandro IX, acompañado por su séquito de cardenales y obispos, junto con el clero francés, seminaristas y fieles marchó hacia la gruta de Lourdes.
El Papa tenía la intención de celebrar la Santa Misa Tridentina, pero fue impedido por agentes de la secta satánica de Roma, que intentaron atacar al Vicario de Cristo. El Santo Padre, en persona dialogó con el encargado del lugar y le dijo que lo único que él y los fieles católicos deseaban era rezar tranquilos y en paz, sin ser molestados. Como era de esperarse, los agentes de la Gran Ramera exigieron la retirada de los verdaderos católicos, que, desde unos kilómetros de distancia, se pusieron de rodillas a rezar el Rosario en reparación, primero por las profanaciones que a diario ocurren en ese bendito lugar, y en segundo lugar, por los malos tratos dados al Papa y la comitiva.
El Papa pidió a todos los fieles presentes que se mantuvieran siempre juntos:

Debemos estar unidos, debemos permanecer unidos y firmes. El enemigo nos supera en número, pero si vosotros estáis siempre unidos bajo la guía de la Iglesia Católica Remanente y sois fieles al Santo Padre, la victoria estará de nuestro lado. Todo esto que vivimos hoy es una prueba de Dios.
¡Sed fieles!

miércoles, 19 de febrero de 2014

Nuevos sacerdotes

El día 18 de febrero del corriente año 2014 de la Gracia, el Santo Padre Alejenadro IX confirió el sacerdocio a quince diáconos formados en el Seminario de Clémery. El Santo Padre exhortó a los neo presbiteros a permanecer unidos a la Santa Sede y a combatir la Santa Iglesia Católica Apostólica Remanente, recordándoles que fuera de ella no hay salvación alguna.

miércoles, 12 de febrero de 2014

Llegada a Loudes

Carta del Santo Padre Alejandro IX a todos los fieles católicos
en virtud de la llegada al Santuario de Lourdes


Carísimos hijos,

Hoy, once de febrero, estamos aquí en Lourdes, Francia, junto con muchos cardenales, obispos y sacerdotes verdaderos y fieles de la Iglesia Católica Remanente, la Iglesia Verdadera. Hoy temprano hicimos una visita al Santuario de Nuestra Señora, y nos causó muchísimo dolor ver como un lugar sagrado ha sido tan profanado. Así como se profanó el Santuario de Loudes, se profanaron todos los templos. Hoy, queridos hermanos en la Verdad, tenemos que recordar aquellas palabras de San Atanasio: ellos tienen los templos, pero nosotros tenemos la fe.
Tenemos la fe Católica, la verdadera y la única que agrada a Dios. Los fieles, deben permanecer unidos a la Iglesia, puesto que sólo en ella podrán encontrar el consuelo de los sacramentos, sólo en ella podrán encontrar la salvación.
Hemos venido a Lourdes, pero aquí no pudimos celebrar la Santa Misa, sino en una sala que nos fue prestada por un fiel amigo. Trajimos a la Virgen todos nuestros pedidos, todas nuestras súplicas para que ella, medianera de todas las gracias, las entregue a Nuestro Señor Jesucristo.
Carísimos, el día 16 realizaremos una segunda procesión al Santuario y luego otra el 20, cuando ya los herejes modernistas se hayan retirado.
También quiero transmitirles hermosas noticias de parte de nuestro Seminario de Clémery. Como ustedes saben, a raíz de Nuestra visita, las ordenaciones fueron postergadas para que Nos podamos administrar las ordenes mayores a los quince diáconos que se convertirán en sacerdotes. Les ruego que no dejen de orar por estos jóvenes.
¡Queridos hijos! Orden por los sacerdotes y por éste humilde siervo de Dios.

Con mi bendición apostólica,

Alejandro IX PP

miércoles, 5 de febrero de 2014

Canonización a 12 mártires de Corea

DECRETUM
DE CANONIZACIÓN
POR EL CUAL EL SANTO PADRE ALEJANDRO IX
ELEVA A LA GLORIA DE LOS ALTARES A 12 MÁRTIRES 
DE LA IGLESIA CATÓLICA EN COREA




En honor a la Santísima Trinidad, para exaltación de la fe católica y crecimiento de la vida cristiana, con la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo y la Nuestra, después de haber reflexionado largamente, invocando muchas veces la ayuda divina y oído el parecer de Nuestros Hermanos en el Episcopado, declaramos y definimos que los siguientes siervos de Dios que fueron martirizados en la persecución de la Iglesia Católica en Corea, sean elevados a la gloria de los altares e inscritos en el Catálogo de los Santos, y establecemos que en toda la Santa Iglesia Católica Remanente sean devotamente honrados, estableciendo su festividad el día 4 de febrero.


  1. Andrew Kim Taegon mártir
  2. Paul Chong Hasang mártir
  3. Laurent Imbert mártir
  4. Siméon-François Berneux mártir
  5. Antoine Daveluy mártir
  6. Peter Yu Tae-chol mártir
  7. María Yi Yon-hui mártir
  8. Anna Pak Agi mártir
  9. Thomas Hijo Chason mártir
  10. Juan Bautista Yi mártir
  11. Juan Yi Yun-il mártir
  12. Stephen Min Kuk-ka mártir



Todo esto lo mandamos, decretamos y establecemos por Nuestra Santísima Autoridad.
En el nombre del Padre y del Hijo Y del Espíritu Santo. Amén.

ALEJANDRO IX PP
Dado en Villa María el 5 de febrero del año 2014.
V de Nuestro Pontificado.

viernes, 31 de enero de 2014

Motu Proprio Sacerdotalis Caelibatus

MOTU PROPRIO
Sacerdotalis caelibatus



De Su Santidad Alejandro IX
Siervo de los Siervos de Dios
Sobre el celibato en la Iglesia Católica Remanente

El celibato sacerdotal constituye un don inmenso que Dios legó a la Iglesia Católica. Por medio del celibato, el sacerdote se entrega de manera más perfecta, más pura y más elevada con todas sus potencias a Dios y al servicio de la Iglesia, que constituye el único camino para llegar al Paraíso.
No obstante, la tradición del celibato ha sido puesta en entredicho en muchas oportunidades en la Iglesia Latina. Se trajo a colación la disciplina oriental y la falta actual de ministros, por lo que parece posible, según algunos en sus locuras, que hombres casados sean elevados al sacerdocio, o lo que es peor, que a los sacerdotes e incluso a los Obispos se les permita contraer nupcias. Si bien los cismáticos y los herejes han aplicado semejante disciplina, en la Iglesia Católica Remanente, se toleró que los presbíteros de ritos orientales, en plena paz y comunión con la Santa Sede en el Exilio, que estaban casados al momento de su ordenación continuaran con su ministerio. También se toleró que los hombres casados pudieran acceder al sacerdocio católico, siempre dentro del rito oriental.
Posteriormente, en épocas de Nuestro Venerable Predecesor León XIV, varios hombres casados, dentro del rito latino fueron ordenados como sacerdotes ad experimentum, limitándose a ciertos territorios específicos.
Lamentablemente, durante el gobierno del Papa Inocencio XIV la promoción de hombres casados fue algo casi habitual y allí donde se formaba un grupo de fieles y no había sacerdptes, algunos pensaron que les era lícito, invocando a la epikeya, pedir que obispos que no estaban en comunión con la Iglesia los ordenaran.
En los comienzos de Nuestro Pontificados ordenamos que la práctica de llamar a obispos cismáticos a fin de solicitar la colación de ordenes fuera absolutamente prohibida. Posteriormente, ordenamos que se estableciera una congregación especial ad hoc con el fin de estudiar la validez de las ordenes conferidas en cada uno de esos casos y determinar, finalmente, si era o no posible que todos estos sacerdotes casados pudieran tener en la Iglesia ministerio lícito y válido. Dicha congregación estudió cada caso en particular, pero sugirió que los casados que eran sacerdotes ejercieran únicamente como sacerdotes asistentes, que no pudieran confesar y que tampoco pudieran predicar sermones sin un especial permiso del diocesano. En aquellos casos que se dictaminó la nulidad de las ordenes, se estableció que dichos hombres hicieran penitencia y reparación pública por sus pecados hasta que los obispos diocesanos lo creyeran conveniente.
Lamentablemente, y aún en contra de nuestras ordenes expresas, ocurrió que en muchos lugares, aquellos sacerdotes que tenían sus facultades recortadas por Nuestro especialísimo decreto, continuaron operando de manera subrepticia. Viendo y considerando que no han sido de utilidad todas nuestros pedidos, nuestros ruegos, nuestras advertencias e incluso ordenes para que semejante práctica dejara de ser realizada; y considerando que esos sacerdotes casados han actuado en contra de la disciplina antigua de la Iglesia; y lo que es peor, que dichos sacerdotes dan un mal ejemplo porque se revelan contra Nuestra Autoridad y sirven de excusa para que otros, muchos más débiles, exijan la supresión del celibato, Nos, Alejandro IX, por éstas mismas letras ordenamos y decretamos:

Primero: Prohibase bajo pena de excomunión a cualquier sacerdote casado del rito latino predicar sermones o confesar a los fieles a partir de la fecha misma de promulgación de éste nuestro decreto.

Segundo: Redúzcanse al estado laical a todos los sacerdotes casados del rito latino, de la Iglesia Católica Remanente del rito latino a partir del día 27 de enero del año MMXIV de Nuestro Señor Jesucristo.

Tercero: Quedan obligados antes de ese día a presentar una declaración jurada firmando su entera conformidad a todo lo que dicen éstas nuestras letras, bajo pena de excomunión reservada a Nos.

Cuarto: Prohíbase bajo pena de excomunión reservada únicamente a la Santa Sede en el Exilio recibir cualesquier sacramento de hombres casados que hubieran sido ordenados al sacerdocio, bien por obispos católicos o bien por obispos cismáticos, a partir del día 25 de enero del año MMXIV de la Gracia.

Cuarto: Prohíbase de manera terminante la prédica en contra del celibato sacerdotal.

Quinto: Prohíbase en el rito oriental, a partir del 31 de mayo del corriente año MMXIV de la Gracia la promoción a las Sagradas Ordenes de hombres casados.

Sexto: Sólo en el rito oriental podrán continuar sirviendo como sacerdotes los sacerdotes que antes de su ordenación estaban casados.

Todo esto lo mandamos y decretamos por nuestra santísima autoridad, y finalmente disponemos que si alguno, Dios no lo permita, osara a contravenir éstas normas, o siquiera a disentir privadamente contra ellas, quede terminantemente excomulgado de la Santa Iglesia Católica Remanente.

Alejandro IX, PP
Dado en Villa María,
A los 25 días del mes de enero del año MMXIV de Nuestro Señor.
V de Nuestro Pontificado.

Encíclica Divinum Pastores

Carta Encíclica
DIVINUM PASTOREM




De Su Santidad Alejandro IX
Siervo de los Siervos de Dios
Por la cual condena el aborto y la eutanasia


El Pastor Divino comisionó a San Pedro el deber de cuidar de sus ovejas, mantener la doctrina, defender la moral y las costumbres que todos los hombres deben guardar para ser salvos. No obstante, desde el siglo XIX se esparcieron por el mundo las aberraciones eméticas de la Ilustración y la Enciclopedia. Dichos errores sostienen que el orden que Dios ha querido debe ser remplazado por otro muy diferente, agradable a Satanás y que propone únicamente el libertinaje y los caprichos de los hombres. Entre esas novedades se encuentran el derecho que poseen los hombres sobre la vida de otros hombres. Hablamos muy especialmente del aborto y la eutanasia.
Nos, ordenamos y decretamos por esto mismo que el aborto y la eutanasia constituyen prácticas aberrantes a los ojos de Dios y que se encuentran condenadas y prohibidas. Prohibimos por éstas mismas letras que sean promocionadas semejantes prácticas y que cualquier fiel que las abrace o siquiera que no las condene como Nos las condenamos, quede excomulgado.


Alejandro IX PP
Dado en Villa María,
A los 31 días del mes de enero del año MMXIV de la Gracia.
V de Nuestro Pontificado.

martes, 28 de enero de 2014

Decreto de SS Alejandro IX sobre la difusión de la Iglesia en los medios de comunicación

DECRETUM



De Su Santidad Alejandro IX
Por el cual otorga nuevas funciones a la Congregación de la Imprenta Pontificia


Nos, Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios, Vicario de Cristo, en virtud del Motu Proprio Romanus Pontifex del día 16 de marzo del año MMXI de la Gracia, ordenamos y decretamos que la hasta ahora llamada "Sagrada Congregación de la Imprenta Pontificia" pase a denominarse "Sagrada Congregación de la Imprenta Pontificia y Medios de Comunicación".
Decretamos por éstas mismas letras que todo lo refrente a la prensa y difusión de la Iglesia Católica Remanente sea impresa, electrónica o cualquier otro medio, queda bajo la órbita de dicha congregación y que compete a su Prefecto la organización de la misma.

Dado en Villa María,
A los 25 días del mes de enero del año MMXIV de la Gracia.
V de Nuestro Pontificado.

Decreto de SS Alejandro IX nombrando al Prefecto de la Congregación de Iglesias Orientales

DECRETUM


De Su Santidad Alejandro IX
Por el cual suple la vacancia de la Sagrada Congregación de las Iglesias Orientales



Nos, Alejandro IX, por el derecho que nos confiere Nuestro altísimo cargo Apostólico, como Vicario de Cristo en la Tierra, y en virtud a las normas establecidas en el Motu Proprio Romanus Pontifex, del día 16 de marzo del año de Nuestro Señor MMXI, nombramos al Eminentísimo y Reverendísimo Señor Aristóteles Cardenal Papaloupos como Cardenal Prefecto de la Sagrada Congregación de las Iglesias Orientales a partir del día 25 de enero del año MMXIV de la Gracia.


Dado en Villa María,
A los 20 días del mes de enero del año MMXIV de la Gracia
V de Nuestro Pontificado

domingo, 5 de enero de 2014

Excomunión al Padre Julian Segundo Rocca

Excomunión al Padre Julián Segundo Rocca



Desde un tiempo a esta parte hemos sabido que el Padre Juan Segundo Rocca, párroco de Tucumán en Argentina, ha sostenido en cartas a particulares, en confesiones y lo que es tanto más grave desde el púlpito, que el decreto Mandatorias, que regula la vestimenta y conducta de los fieles católicos, era opcional y quedaba su aplicación sometida a las necesidades de los fieles y a discreción de los párrocos.
Además, el dicho presbítero toleró, aún en contra de las advertencia de sus superiores comportamientos que la Iglesia considera irreconciliables con la disciplina y la moral católica, Nos, Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios decretamos y establecemos que dicho sacerdote quede excomulgado de manera inmediata y que pierda todo oficio en la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana Remanente.

Dado en Villa María,
A los 5 días del mes de enero del año 2014 de la Gracia
V de Nuestro Pontificado